La concesión da aguas públicas otorgada a nuestra Comunidad por la Administración hidráulica es de 37.867.047 m3, que se distribuyen de la siguiente forma:
- Uso agrícola: 36.573.211 m3 para 8.531,60 hectáreas
- Uso ganadero: 4.862 m3
- Uso industrial recreativo (golf): 1.170.831 m3
El 10 de abril de 2024, la Consejería de Agricultura estableció unas restricciones del 25 % a los usos agrarios y ganaderos y un 5 % a los usos industriales, no habiéndose modificado hasta la fecha.
Para asignar la cantidad exacta de agua a cada toma hay que atenerse a lo que indica la Normativa de Riego (apartado 10.3):
1. La superficie adscrita a cada toma será la suma de la superficie con concesión de agua de las parcelas vinculadas a la misma.
2. A la superficie de cada cultivo de la toma se le aplicará la indicada en el punto 5.5 Usos y cultivos, resultando una asignación previa.
3. Las parcelas que se dejen de explotar y pasen a barbecho mantendrán la dotación del cultivo existente en la campaña anterior.
4. Si la suma del conjunto de asignaciones previas de las tomas es superior a la concesión de la Comunidad, todas las cantidades se reducirán proporcionalmente para ajustar el total a lo autorizado por la Administración.
5. Las tomas con uso distinto del agrícola tendrán la dotación que aparezca en la concesión o el informe en el que la misma se base
Una vez aplicadas estas normas y limitaciones, las dotaciones por hectárea y año quedan así:
| Cultivo | Dotación | 
|---|---|
| Aguacates | 4.158 | 
| Arándanos, frambuesas | 4.081 | 
| Barbecho | 2.985 | 
| Caquis | 4.158 | 
| Cítricos | 4.158 | 
| Fresas | 3.696 | 
| Frutales | 3.465 | 
| Hortalizas al aire libre | 2.079 | 
| Industria | 3.901 | 
| Invernaderos | 4.851 | 
| Mangos | 4.081 | 
| Olivar | 1.656 | 
| Tubérculos | 3.080 | 
| Varios | 1.155 | 
Recordamos que ninguna toma podrá utilizar en la campaña un volumen de agua superior al asignado. Si esto ocurriera, la Junta de Gobierno podría acordar la interrupción del suministro.

