La concesión da aguas públicas otorgada a nuestra Comunidad por la Administración hidráulica es de 37.867.047 m3, que se distribuyen de la siguiente forma:
- Uso agrícola: 36.573.211 m3 para 8.531,60 hectáreas
- Uso ganadero: 4.862 m3
- Uso industrial recreativo (golf): 1.170.831 m3
Actualmente, la Consejería de Agricultura ha establecido unas restricciones del 50 % a los usos agrarios y ganaderos y un 10 % a los usos industriales.
Para asignar la cantidad exacta de agua a cada toma hay que atenerse a lo que indica la Normativa de Riego (apartado 10.3):
1. La superficie adscrita a cada toma será la suma de la superficie con concesión de agua de las parcelas vinculadas a la misma.
2. A la superficie de cada cultivo de la toma se le aplicará la indicada en el punto 5.5 Usos y cultivos, resultando una asignación previa.
3. Las parcelas que se dejen de explotar y pasen a barbecho mantendrán la dotación del cultivo existente en la campaña anterior.
4. Si la suma del conjunto de asignaciones previas de las tomas es superior a la concesión de la Comunidad, todas las cantidades se reducirán proporcionalmente para ajustar el total a lo autorizado por la Administración.
5. Las tomas con uso distinto del agrícola tendrán la dotación que aparezca en la concesión o el informe en el que la misma se base
Una vez aplicadas estas normas y limitaciones, las dotaciones por hectárea y año quedan así:
Cultivo | Dotación |
Aguacates |
2.484 |
Arándanos, frambuesas | 2.438 |
Barbecho | 1.783 |
Caquis | 2.484 |
Cítricos | 2.484 |
Fresas | 2.208 |
Frutales | 2.070 |
Hortalizas al aire libre | 1.242 |
Industria | 3.312 |
Invernaderos | 2.898 |
Mangos | 2.438 |
Olivar | 989 |
Sorgo | 1.610 |
Tubérculos | 1.840 |
Varios | 690 |
Recordamos que ninguna toma podrá utilizar en la campaña un volumen de agua superior al asignado. Si esto ocurriera, la Junta de Gobierno podría acordar la interrupción del suministro.