Medidas ante la situación de sequía (28/10/2022)

La Junta General de la Comunidad, en reunión del 28/10/2022, ha adoptado estas medidas ante la situación de sequía severa de la demarcación hidrográfica y las restricciones impuestas por la Administración:

  • Aprovechamientos subterráneos: poner en funcionamiento cuanto antes los pozos que se puedan.
  • Conminar a los regantes de las parcelas con exceso de consumo a que se atengan al volumen asignado por la Comunidad.
  • Aplicar el protocolo de cobro de deudas de forma estricta y no otorgar aplazamientos de pagos.
  • Acelerar la implantación de los sistemas de telelectura.
  • Permitir la incorporación de nueva superficie en riego si las parcelas estaban incluidas en la segunda modificación de características o que lleven menos de tres años inactivas. No obstante, se aconseja a sus propietarios que no las pongan en explotación mientras existan restricciones.
  • Admitir las solicitudes para compensar los consumos entre las parcelas de un mismo usuario.
  • Cuadro de sobreprecios por excesos para situaciones de sequía:
% exceso/dam³ excedido
0 a 100
10 a 25400
25 a 50600
50 a 75800
>751000

Procedimiento de control desde el 1 de octubre de 2022:

  • Informar a los comuneros del volumen disponible diario para sus tomas, que se calculará mensualmente teniendo en cuenta lo siguiente:
    • El volumen que se distribuirá será el asignado por la Administración: la concesión menos la restricción estipulada.
    • La superficie será la que se encuentre en riego en cada mes.
    • El reparto se hará por cultivo teniendo en cuenta la media de los últimos tres años.
  • Controles periódicos:
    • Mensuales para las parcelas:
      • De más de 5 ha.
      • De la red radial.
      • Que hayan tenido excesos en el periodo anterior.
    • Bimestrales para el resto.
  • Si el consumo estuviera por debajo de lo autorizado, el ahorro se sumaría al volumen asignado del periodo siguiente.
  • Si se detectara un exceso en un periodo:
    • Dicha cantidad se restaría del volumen asignado del periodo siguiente.
    • Facturación de los sobreprecios correspondientes..
    • Se advertiría al propietario de que un nuevo exceso implicaría el corte del suministro.
  • Si se reiteran los excesos en dos periodos consecutivos:
    • Facturación de los sobreprecios correspondientes.
    • Interrupción del suministro hasta el final del periodo en que el volumen autorizado acumulado desde el corte supere los excesos.
1030 773 Comunidad de Regantes Piedras-Guadiana
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